El consentimiento informado no es solo un derecho que tiene un enfermo o alguien que se someta bien sea a una intervención quirúrgica o a un simple examen médico, sino que es también una obligación del profesional de la salud de informar y explicar siempre al paciente primero o en caso de incapacidad mental o por minoría de edad a sus familiares todos los riesgos, por mínimos que sean en un lenguaje claro y entendible para el paciente, también el profesional puede rehusarse a practicar un tratamiento que él considere un fracaso o que no va con sus preceptos morales, además de utilizar un consentimiento diferente según cada procedimiento, si esto no sucede, el médico o profesional de la salud asume todos los riesgos en forma unilateral comprometiendo también la del centro asistencial donde preste sus servicios. (Duazary 2008; 155-160)