La prevención de riesgos laborales en el ámbito comunitario es una cuestión de suma importancia, tanto por la materia a la que hace referencia, como por el ámbito geográfico supraestatal que se aplica. De este modo, es necesario atender a la legislación procedente del Parlamento Europeo del Consejo y de la Comisión de la Unión Europea; es decir, a la "directiva marco", sobre la Seguridad y la Salud en el Trabajo y las distintas directivas específicas relativas a las "Condiciones de seguridad y salud de los trabajadores en los lugares de trabajo", "riesgos químicos, físicos y biológicos", y "Seguridad y salud en el trabajo en colectivos, sectores u operaciones especiales", principalmente. Para concluir no hemos de obviar que, en los últimos años, España está logrando posicionarse en la vanguardia europea y, por ello, no hemos de ser ajeno a cualquier cuestión relativa al Derecho Comunitario, y más en concreto, al Derecho Social Comunitario.