Francesc José María i Sánchez
La objeción de conciencia supone el ejercicio de un derecho por el profesional que puede entrar en colisión con el ejercicio del derecho a abortar de la mujer embarazada. La ley establece que sólo ?los profesionales sanitarios directamente implicados? pueden declararse objetores. Este artículo analiza cuáles son estos profesionales, los derechos y deberes de profesionales y pacientes y la respuesta que debe dar el servicio público de salud a las mujeres embarazadas para que puedan ejercer su derecho a abortar.