Cuando las contracciones uterinas comienzan antes del término, entre las semanas 20-37 de gestación, es a veces necesario detener el trabajo del parto prematuro hasta que el feto madure lo suficiente para asegurar su supervivencia. El tratamiento farmacológico se realiza con relajantes uterinos; actualmente se emplean los beta-2-adrenérgicos. En nuestro estudio hemos utilizado ritodrina. Los objetivos del trabajo son detectar y cuantificar los efectos adversos del fármaco y prestar cuidados de enfermería en su administración para una mejor prevención de éstos. Se ha realizado un estudio observacional en una muestra de 50 pacientes diagnosticadas de amenaza de parto prematuro y en tratamiento con ritodrina. Nuestros resultados indican que se consiguió detener el parto en todos los casos; sin embargo, ninguna paciente estuvo exenta de sufrir efectos adversos cuando la administración se realizó por vía intravenosa, observándose con mayor frecuencia taquicardia materna y fetal. Concluimos con la necesidad de monitorizar a las pacientes y prestar cuidados de enfermería para evitar las complicaciones derivadas de la administración a fin de conseguir una medicación más inocua y con menos riesgos