Leticia Gutiérrez Pino, Gabriela Pérez Boix, Mª Jesús Lidón Pérez, Jesús Félix Contestad
INTRODUCCIÓN El yodo es un isótopo radiactivo (I-131) utilizado en el tratamiento del hipertiroidismo y en el carcinoma diferenciado de tiroides. Al paciente se le administra por vía oral, absorbiéndose una parte en la tiroides y eliminándose el resto con las excretas, sudor, saliva, etc., siendo la vía fundamental la orina. Esto convierte a estos pacientes en una fuente de radiaciones ionizante (RI) y contaminación radiactiva.
Sustancia radioactiva es aquella que de manera espontánea se desintegra emitiendo RI y se caracteriza por el tipo de radiaciones emitidas, la energía de las radiaciones y por su periodo de semidesintegración. En el caso del I-131 se emiten electrones y radiación gamma, ambas son RI; los electrones producen efecto terapéutico y las radiaciones gamma producen una exposición externa irradiando todo su exterior.
El periodo de semidesintegración del I-131 es de 8 días, esto quiere decir que al cabo de 8 días la cantidad de radiación emitida se habrá reducido a la mitad, con 8 días más esta será la cuarta parte, etc. La RI produce una serie de efectos biológicos que son aprovechados terapéuticamente, pero al mismo tiempo presentan una peligrosidad para los tejidos sanos, por lo que la exposición a la misma está reglamentada y para evaluar el riesgo que implica su exposición se utiliza la magnitud de dosis absorbida que se mide en Sievert (Sv), habiéndose definido internacionalmente unos límites de dosis, que no deben de ser superados por las personas que presentan riesgo de exposición, de tal forma, que si no se superan dichos valores, se acepta que los riesgos que supone la exposición a la radiación no son mayores que los de otras actividades humanas.
Para protegerse de la exposición externa y conseguir que la dosis recibida sea la menor posible, existen tres reglas fundamentales:
1. Distancia entre la fuente de radiación y la persona: hay que mantenerse lo más alejado posible de la fuente de radiación, ya que la dosis recibida disminuye con la inversa del cuadrado de la distancia a la fuente.
2. El tiempo de exposición: cuanto menor sea el tiempo que una persona está expuesta a la radiación, lógicamente menor será la cantidad de radiación recibida. De esta regla se desprende que las operaciones a realizar en las que se está expuesto a radiaciones deben de hacerse con la mayor rapidez posible y esto sólo se consigue con un buen entrenamiento.
3. El blindaje: en ocasiones no son suficientes las dos reglas anteriores y en ese caso hay que acudir a los blindajes, es decir, interponer entre la fuente de radiación y la persona un material que disminuya la intensidad del haz de radiación a valores apropiados. Existen blindajes estructurales y no estructurales. Los estructurales son los que forman parte de la propia estructura de la sala (paredes plomadas, mamparas fijas, etc.) en donde se encuentra la fuente de radiación. Los no estructurales son los delantales plomados, protectores de tiroides, mamparas móviles, etc. En el caso del I- 131, la utilización de delantales plomados no es práctico, dado que el espesor necesario de plomo es muy elevado para conseguir un nivel de protección adecuado (se requiere un espesor de plomo de 3 mm para conseguir reducir la exposición a la mitad) y el peso del delantal resultaría excesivo, por dicho motivo hay que procurar mantenerse a la distancia más alejada posible, reducir el tiempo de exposición y hacer uso de mamparas plomadas móviles.
Para evitar la contaminación radiactiva, hay que utilizar las mismas reglas que las empleadas en evitar la contaminación biológica, ya que la contaminación radiactiva únicamente se produce al entrar en contacto directo con la sustancia radiactiva, por ello en la manipulación del paciente, muestras biológicas, material de curas, excretas, etc. se utilizarán guantes, batas desechables, etc., que tras su uso se debe de verificar la ausencia de contaminación radiactiva.
Ante cualquier duda sobre una posible contaminación, hay que ponerse en contacto con el servicio de protección radiológica (SPR), para su verificación y si resulta necesario proceder a la descontaminación. Los productos procedentes del paciente o materiales que hayan estado en contacto directo con el mismo, deben de someterse a un control de contaminación, de acuerdo con el protocolo para este tipo de residuos.